Ilmo. Sr.: Por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación de 4 de abril de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 26 de junio), se dispuso que, en el plan de estudios del primer ciclo de la División de Filosofía y Ciencias de la Educación de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Valencia, se incluyeran las materias obligatorias para los alumnos de Psicología previstas en las directrices para la elaboración de los planes de estudios de las mencionadas Facultades.
Teniendo en cuenta el elevado número de alumnos que en la mencionada Facultad cursan estos estudios, los medios disponibles en la misma y la propuesta elevada por el Rectorado de la Universidad de Valencia, parece aconsejable autorizar a la Facultad de Filosofía y Letras de dicha Universidad para impartir las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo de la Sección de Psicología de la División de Filosofía y Ciencias de la Educación.
Por todo ello, este Ministerio ha dispuesto;
En la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Valencia se impartirán las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo de la Sección de Psicología de la División de Filosofía y Ciencias de la Educación.
Por la Dirección General de Universidades e Investigación se dictarán las disposiciones precisas para el cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en esta Orden.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 9 de enero de 1976.–P. D., el Subsecretario, Manuel Olivencia Ruiz.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades e Investigación.
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