Convocadas por Decreto 2144/1973, de 17 de agosto, elecciones municipales para la renovación trienal de las concejalías que componen los Ayuntamientos del Reino y celebradas las votaciones en los días señalados, se formuló impugnación contra la validez de las mismas en el Municipio de Pamplona, que ha sido acogida por el Tribunal competente, dejando sin efecto, en parte, la elección celebrada, lo que obliga a la convocatoria de nueva elección para dar cumplimiento a la sentencia mediante la provisión de las vacantes declaradas por la misma.
En consecuencia, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Se convocan elecciones complementarias de las verificadas en cumplimiento del Decreto 2144/1973, de 17 de agosto, para proveer en el Municipio de Pamplona cuatro vacantes por el tercio sindical y cuatro por el de Entidades.
Se señalan los días 21 y 28 de marzo próximo para la celebración de las votaciones que correspondan, respectivamente, a las concejalías de los tercios de representación sindical y de Entidades.
Las elecciones a que se refieren los artículos anteriores se ajustarán a las disposiciones generales contenidas en la Ley de Régimen Local y en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones Locales.
La Junta Municipal del Censo Electoral de Pamplona cumplirá en sus propios términos y en los de la presente Orden la sentencia anulatoria de las precedentes elecciones.
El Ayuntamiento de Pamplona quedará constituido con la composición resultante de esta convocatoria el día 7 de abril próximo.
Madrid, 10 de febrero de 1976.
FRAGA IRIBARNE
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