Las bandas de música, de·gran tradición militar, han venido siendo reguladas en la Armada por diversas disposiciones, de las cuales, la última, con rango de Ley, fue la promulgada el día treinta de mayo de mil novecientos cuarenta y uno.
Desde dicha fecha, la reorganización sufrida por las estructuras de la Armada ha sido continua, con el fin de adaptarlas a las más modernas exigencias.
De esta reestructuración no pueden quedar al margen las bandas de musica, a las que hay que adaptar la nueva orgánica, manteniendo su tradición milítar, siendo para ello preciso dictar una nueva legislación.
Análoga problemática, aunque fuera del ámbito de la Armada, presenta la situación coyuntural de las bandas de música en las restantes Fuerzas Armadas, circunstancia ésta que, dada la semejanza de los problemas que presentan, ha dado lugar a que se desarrolle una labor coordinadora, en el seno del Alto Estado Mayor, que ha cristalizado en la presentación al Gobierno de un proyecto de Decreto por el que se modifica la legislación vigente sobre el personsa de las Músicas de las Fuerzas Armadas.
El poder llevar a la práctica tal proyecto, dado el rango de la nueva legislación, hace preciso derogar previamente, por parte de la Armada, la anteriormente vigente.
En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar;
Queda derogada la Ley de treinta de mayo de mil novecientos cuarenta y uno por la que se organiza el personal de Músicos, Cornetas y Tambores de Infantería de Marina.
La presente Ley entrará en vigor el día en que sea promulgado el Decreto modificando la legislación vigente sobre el personal de las Músicas de las Fuerzas Armadas.
Dada en el Palacio de Ia Zarzuela a once de marzo de mil novecientos setenta y seis.
JUAN CARLOS
El Presidente de las Cortes Españolas,
TORCUATO FERNÁNDEZ-MlRANDA Y HEVIA
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