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Documento BOE-A-1977-15546

Real Decreto 1640/1977, de 13 de mayo, por el que se modifica la subpartida arancelaria 87.03-B.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1977, páginas 15338 a 15338 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1977-15546

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta, de treinta de mayo, del Ministerio de Comercio, autoriza en su artículo segundo a los Organismos, Entidades y personas interesadas para formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Arancelaria, las reclamaciones o peticiones que consideren conveniente en relación con el Arancel de Aduanas.

Como consecuencia de peticiones formuladas al amparo de dicha disposición y que han sido reglamentariamente tramitadas por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación, se ha estimado conveniente modificar la subpartida arancelaria 87.03-B, autoescalas (con longitud de escala igual o superior a veinticinco metros), suprimiendo la subdivisión existente en la misma y unificando el derecho arancelario.

En su virtud, y en uso de la autorización conferida en el artículo sexto, número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de mayo de mil novecientos setenta y siete,

DISPONGO:

Artículo 1.

Queda modificado el vigente Arancel de Aduanas en la forma que figura a continuación:

Partida

arancelaria

Artículo

Derechos

arancelarios

87.03-B Autoescalas (con longitud de escala igual o superior a 25 metros). 25 por 100
Artículo 2.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a trece de mayo de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio,

JOSE LLADO FERNANDEZ-URRUTIA

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 13/05/1977
  • Fecha de publicación: 08/07/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 08/07/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA parcialmente el vigente Arancel de Aduanas.
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
Materias
  • Arancel de Aduanas
  • Vehículos de motor

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