Padecido error en la inserción de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 160, de fecha 6 de julio de 1977, se transcribe a continuación la oportuna rectificación.
En el artículo 70, párrafo segundo, donde dice: «Gran Canaria y Tenerife... 35 por 100»; debe decir: «Gran Canaria y Tenerife... 30 por 100».
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