A propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día seis de octubre de mil novecientos setenta y siete, vengo en disponer:
Se crea, con carácter de residente, la Embajada de España en la República Popular de Angola.
Por el Ministerio de Hacienda se habilitarán los créditos necesarios para el cumplimiento de este Real Decreto.
Dado en Madrid a seis de octubre de mil novecientos setenta y siete.
JUAN CARLOS
El Ministro de Asuntos Exteriores,
MARCELINO OREJA AGUIRRE
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