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Documento BOE-A-1977-27147

Ley 47/1977, de 14 de noviembre, sobre concesión de un crédito extraordinario por un importe de 2.357.000.000 de pesetas, para satisfacer a los partidos políticos las subvenciones previstas en el artículo 44 del Real Decreto-ley de 18 de marzo.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 16 de noviembre de 1977, páginas 24945 a 24945 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1977-27147

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes vengo en sancionar:

Artículo 1.

Se concede un crédito extraordinario por importe de dos mil trescientos cincuenta y siete millones de pesetas a la Sección dieciséis, «Ministerio de la Gobernación»; servicio cero uno, «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales»; capítulo IV, «Transferencias corrientes»; concepto cuatrocientos setenta y cinco, «Para abono de las subvenciones previstas en el artículo cuarenta y cuatro del Real Decreto-ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de dieciocho de marzo, sobre normas electorales».

Artículo 2.

El importe a que asciende el mencionado crédito extraordinario se cubrirá con anticipos a facilitar al Tesoro por el Banco de España.

Dada en Madrid a catorce de noviembre de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes.

ANTONIO HERNANDEZ GIL

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 14/11/1977
  • Fecha de publicación: 16/11/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 44 del Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-1977-7445).
Materias
  • Asociaciones políticas
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Elecciones
  • Partidos políticos
  • Subvenciones

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