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Documento BOE-A-1977-468

Ley 13/1977, de 4 de enero, sobre concesión al Presupuesto en vigor de la Sección 24, «Ministerio de Información y Turismo», de varios suplementos de crédito, por un importe total de 450.000.000 de pesetas, para la realización de campañas de promoción turística en España y en el extranjero.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 1977, páginas 391 a 391 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1977-468

TEXTO ORIGINAL

La grave situación actual por la que atraviesa la coyuntura turística española, con una previsible fuerte disminución de las reservas para los próximos meses, hace necesario realizar un esfuerzo complementario en las actuaciones de promoción del Ministerio de Información y Turismo, en aspecto tan importante como es la atracción del turismo hacia nuestra Nación, para lo que se prevén ya diferentes créditos en el vigente Presupuesto General del Estado, créditos que, dadas las circunstancias por las que se atraviesa actualmente, son insuficientes para obtener los efectos deseados.

Para paliar dichas insuficiencias se ha tramitado un expediente de varios suplementos de crédito, siguiendo, al efecto, los trámites establecidos por el artículo cuarenta y uno de la vigente Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública, expediente que ha obtenido el informe favorable de la Dirección General del Tesoro y Presupuestos y de conformidad del Consejo de Estado.

En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar:

Artículo 1.

Se convalidan cómo obligaciones a cargo del Estado las que por virtud de este expediente se contraen en cumplimiento del' artículo treinta y nueve de la vigente Ley de Administración, y Contabilidad.

Artículo 2.

Se conceden los siguientes suplementos de crédito al Presupuesto en vigor de la Sección veinticuatro, «Ministerio de Información y Turismo», servicio diez, «Dirección General de Ordenación del Turismo», con el detalle que se indica:

Concepto Expresión del gasto Importe
252 Subconcepto 1.–«Para gastos de todas clases y por todos los medios de difusión que tengan por finalidad la promoción del turismo social, etc.».  60.000.000
252 Subconcepto 2.–¿Para gastos de todas clases en campañas de publicidad». 250.000.000
252 Subconcepto 3.–«Para propaganda y promoción turística mediante conciertos con entidades públicas y privadas de las diversas áreas turísticas». 100.000.000
721 «Para gastos de exposiciones y concurrencia a ferias internacionales, así como la promoción del País como sede de Congresos y Convenciones a través del Organismo E. C. C. E. y ayudas especiales que este Organismo pueda requerir a tales efectos».  40.000.000
      Total. 450.000.000
Artículo 3.

El importe a que asciende los mencionados suplementos de crédito se cubrirá en la forma determinada por el artículo cuarenta y uno de la vigente Ley de Administración y Contabilidad.

Dada en Madrid a cuatro de enero de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes Españolas,

TORCUATO FERNANDEZ-MIRANDA Y HEVIA

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 04/01/1977
  • Fecha de publicación: 08/01/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 41 de la Ley de la Hacienda Publica, de 1 de julio de 1911 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1911-5386).
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Turismo

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