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Documento BOE-A-1977-5624

Real Decreto 279/1977, de 21 de enero, por el que se modifica la posición arancelaria 70.03-B-3-a (Vidrio en barras, varillas, bolas o tubos...; Termométricos).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 1977, páginas 5024 a 5025 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1977-5624

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta, del Ministerio de Comercio, de treinta de mayo, autoriza en su artículo segundo, a los Organismos, Entidades y personas autorizadas para formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Arancelaria, las reclamaciones o peticiones que consideren conveniente en relación con el Arancel de Aduanas.

Como consecuencia de peticiones formuladas al amparo de dicha disposición y que han sido reglamentariamente tramitadas por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación, se ha estimado conveniente modificar el texto y derecho arancelario de la posición 70.03-B-3-a.

En su virtud, y en uso de la autorización conferida en el artículo sexto, número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiuno de enero de mil novecientos setenta y siete,

DISPONGO:

Artículo primero.

Queda modificado el vigente Arancel de Aduanas en la forma que figura a continuación:

Partida arancelaria Artículo Derecho arancelario
70.03 Vidrio en barras, varillas, bolas o tubos, sin labrar (excepto el vidrio óptico).  
  B. Otros:  
    3. En tubos:  
     a-capilares para termómetros. 8 %
Artículo segundo.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a veintiuno de enero de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio,

JOSE LLADO Y FERNANDEZ URRUTIA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 21/01/1977
  • Fecha de publicación: 03/03/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 03/03/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Arancel de Aduanas.
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
Materias
  • Arancel de Aduanas
  • Termómetros
  • Vidrio

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