Está Vd. en

Documento BOE-A-1978-13414

Resolución de la Subsecretaría de Cultura por la que se establecen las normas que han de regir en el desarrollo y ejecución de la encuesta de demanda cultural.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 22 de mayo de 1978, páginas 11959 a 11960 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1978-13414

TEXTO ORIGINAL

En la actualidad, el Ministerio de Cultura, con la colaboración del Instituto Nacional de Estadística, están trabajando conjuntamente en la preparación de una encuesta nacional que recoja la situación actual y la tendencia de la demanda cultural.

En este sentido, ambos Organismos se han distribuido el trabajo y puede decirse que del conjunto de tareas a realizar para llevar a cabo un análisis profundo de la estructura cultural del país, así como detectar las nuevas necesidades de bienes y servicios culturales que sirvan para satisfacer las distintas demandas que han surgido en nuestro país como consecuencia de la transformación socio-política producida en el mismo, corresponde a nuestro Departamento el montaje de una organización capaz de dar cumplida respuesta a todas y cada una de las distintas tareas que la encuesta requiere.

A tal fin, esta Subsecretaría ha tenido a bien disponer:

Primero

Para coordinar y realizar las distintas tareas que la encuesta requiere se constituirán los siguientes grupos de trabajo:

1. Comisión Nacional.

2. Comisión Ejecutiva.

3. Delegaciones Provinciales.

4. Inspectores provinciales.

5. Agentes entrevistadores.

Segundo.

La Comisión Nacional estará compuesta por:

Presidente: Subsecretario del Departamento.

Vicepresidente: Secretario general Técnico.

Vocales:

Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

Director general de Difusión Cultural.

Director general del Libro y Bibliotecas.

Director general de Música.

Director general de Teatro y Espectáculos.

Director general de Cinematografía.

Director general de Desarrollo Comunitario.

Director general de la Juventud.

Director general de Radiodifusión y Televisión.

Director general del Consejo Superior de Deportes.

Secretario: Jefe del Gabinete de Estadística e Informática.

Le corresponde a la citada Comisión Nacional las siguientes competencias:

– Adoptar cuantas medidas de carácter general se estimen convenientes para la realización de la encuesta.

– Supervisar los valores de todos los órganos que intervienen en la ejecución de la encuesta.

– Aprobación de los resultados finales de la encuesta.

Tercero.

La Comisión Ejecutiva de la encuesta de demanda cultural tendrá la siguiente composición:

Presidente: Secretario general Técnico.

Vicepresidente: Jefe del Gabinete de Estadística e Informática.

Vocales:

Tres funcionarios del Instituto Nacional de Estadística, nombrados a propuesta del Director general del Instituto Nacional de Estadística.

Tres funcionarios del Ministerio de Cultura, designados por el Subsecretario.

Secretarlo: Un funcionario de la Secretaría General Técnica, designado por el Secretario general Técnico.

Sus competencias serán:

– Desarrollar las directrices fijadas por la Comisión Nacional.

– Nombrar los Inspectores provinciales.

– Organizar y dirigir la campaña publicitaria.

– Coordinar y dirigir los trabajos de la encuesta.

– Informar a la Comisión Nacional sobre el estado de realización de las distintas fases de la encuesta.

– Resolver cuantas situaciones si presenten durante la realización de la encuesta.

– Creación y dirección de un equipo de depuración de la información recogida.

– Examinar los resultados de la encuesta e informar de los mismos a la Comisión Nacional.

Cuarto.

Será competencia de las Delegaciones Provinciales del Departamento:

– Organización de cursos para Agentes en la provincia.

– Expedir nombramientos de Agentes.

– Proponer el nombramiento de Inspectores provinciales a la Comisión Ejecutiva.

– Estudio y asignación de zonas de inspección a los Inspectores provinciales.

– Vigilar el cumplimiento de las órdenes emanadas de la Comisión Ejecutiva.

– Examinar los resultados de la encuesta en su provincia y emitir informe sobre ellos a la Comisión Ejecutiva.

– Cualquier otra función que le sea conferida por la Comisión Ejecutiva.

Quinto.

La Inspección Provincial que se considera necesaria para el normal desarrollo de la encuesta de demanda cultural estará compuesta por 02 funcionarios, distribuidos por provincias, según el volumen de trabajo de cada una de ellas, nombrados por la Comisión Ejecutiva, a propuesta de los respectivos Delegados provinciales.

Las funciones que llevará a cabo la Inspección Provincial son:

– Asistir a los cursos de formación que se celebrarán en Madrid.

– Colaborar con el Delegado provincial en la selección de Agentes y en el estudio de zonas de inspección.

– Impartir los cursos de formación a los Agentes y proponer al Delegado provincial el nombramiento de los seleccionados.

– Ordenar y controlar el material a utilizar para la realización de la encuesta (cuestionarios, relación de viviendas, etc.).

– Responsabilizarse personalmente del asesoramiento, control e inspección de los trabajos de campo, así como los trabajos de oficina relacionados con la encuesta.

– Resolver los problemas e incidencias que se le presenten o dar cuenta a su Delegado provincial de aquéllos que no pueda resolver por sí mismo.

– Proponer la sustitución de Entrevistadores, cuando sea necesario.

– Informar a su Delegado provincial sobre la marcha de los trabajos en su zona.

– Depurar la documentación obtenida antes de su aprobación.

– Ordenación y envió a Madrid de la documentación de la encuesta.

– Cualquier otra función que pueda serle encomendada o que figure en su manual de instrucciones.

Sexto.

El número de Agentes entrevistadores se ha calculado basándose en una duración del trabajo de recogida de dos semanas, teniendo en cuenta el distinto tratamiento que deben tener los Municipios no capital, por el tiempo que supone el desplazamiento a los mismos y el número de secciones seleccionadas en cada uno de ellos. El total resultante ha sido de 312 Agentes, con un mínimo por provincia de dos Agentes y un máximo de 16.

Tendrán como misión fundamental, además de las que figuran en el Manual del Entrevistador, asistir a los cursos de formación que le proporcionen una perfecta capacitación para realizar la recogida de información en los plazos y en las viviendas que le hayan sido asignadas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 11 de mayo de 1976.–El Subsecretario, Castedo Álvarez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/05/1978
  • Fecha de publicación: 22/05/1978
Materias
  • Cultura
  • Estadística
  • Ministerio de Cultura
  • Subsecretaría del Ministerio de Cultura

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid