Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes,
Esta Dirección General ha acordado:
1.° Tener por incoado expediente de declaración de monumento histórico artístico, de carácter nacional, a favor de la Torre Claustro, Cripta e Iglesia en Pertusa (Huesca).
2.° Disponer, con arreglo al artículo 91 de la Ley de 17 de julio de 1958, que se conceda trámite de audiencia a los interesados, una vez instruido el expediente.
3.° Hacer saber al Ayuntamiento de Pertusa que, según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de 13 de mayo de 1933 y 6.º del Decreto de 22 de julio de 1958, todas las obras que hayan de realizarse en el monumento cuya declaración se pretende, o en su entorno propio, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por esta Dirección General.
4.° Que el presente acuerdo se publique en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 28 de noviembre de 1977.‒El Director general Verdera y Tuells.
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