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Documento BOE-A-1978-20626

Orden de 17 de julio de 1978 por la que se modifica el artículo 18 de la Reglamentación Nacional de Trabajo para la Banca privada de 3 de marzo de 1950.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 9 de agosto de 1978, páginas 18672 a 18672 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1978-20626

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Las circunstancias socioeconómicas presentes aconsejan elevar de categoría las plazas bancarias de Badalona, Baracaldo, Irún, La Laguna, Lugo, Móstoles, Olot, Palencia y Soria, a efectos de fijación de sueldos en la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Banca privada de 3 de marzo de 1950.

En su virtud, previos los asesoramientos previstos y en uso de las facultades conferidas por la Ley de 16 de octubre de 1942,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo único.

Con efectos desde el día 1 de agosto de 1978 quedan incluidas en los grupos que se indican del artículo 18 de la Reglamentación Nacional de Trabajo en la Banca privada, aprobada por Orden de 3 de marzo de 1950, las siguientes plazas:

1. Badalona, Irún, Lugo y Palencia, en el grupo A.

2. Baracaldo, La Laguna, Móstoles, Olot y Soria, en el grupo B.

Lo que digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 17 de julio de 1978.

CALVO ORTEGA

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Trabajo.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/07/1978
  • Fecha de publicación: 09/08/1978
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 19 de la Reglamentación aprobada por Orden de 3 de marzo de 1950 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1950-3235).
  • DE CONFORMIDAD con Ley de reglamentaciones de trabajo de 16 de octubre de 1942 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1942-9522).
Materias
  • Banca
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo

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