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Documento BOE-A-1978-20932

Real Decreto 1912/1978, de 8 de julio, por el que se modifica la tarifa del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores correspondiente a las mercancías comprendidas en diversas partidas arancelarias.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 1978, páginas 18952 a 18952 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1978-20932

TEXTO ORIGINAL

El artículo veintidós del texto refundido de los impuestos integrantes de la Renta de Aduanas autoriza al Gobierno a modificar la tarifa del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores, según lo dispuesto por el artículo doce de la Ley General Tributaria y el artículo doscientos veintiocho de la Ley de Reforma del Sistema Tributario.

De conformidad con dichos textos se ha instruido expediente, previos los estudios pertinentes para adaptar el tipo del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores de determinadas mercancías a las cargas tributarias que las mismas soportan efectivamente al haberse iniciado o modificado su proceso productivo en España.

En su consecuencia, a propuesta del Ministro de Hacienda, con el dictamen favorable de la Junta Consultiva de Ajustes Fiscales en Frontera, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día ocho de julio de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se modifican las tarifas del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores en la forma que a continuación se expresa:

Partidas arancelarias Mercancías Tipo
91.01  Relojes de bolsillo, relojes de pulsera y análogos (incluidos los contadores de tiempo de los mismos tipos). 8 %
91.09 A Cajas de relojes de la partida 91.01 y sus partes de oro o de platino, incluso con perlas o piedras preciosas o semipreciosas. 8 %
Artículo 2.

El presente Real Decreto entrará en vigor a los tres días siguientes al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a ocho de julio de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 08/07/1978
  • Fecha de publicación: 12/08/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 15/08/1978
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 22 del Real Decreto 11/1977, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-1977-8222).
    • art. 228 de la Ley de Reforma del Sistema Tributario de 11 de junio de 1964 (Ref. BOE-A-1964-9380).
    • art. 12 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22706).
Materias
  • Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores
  • Relojería

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