Ilmo. Sr.: En uso de las facultades conferidas por el artículo 20 de la Ley de 17 de julio de 1945, modificado por la de 23 de diciembre de 1948, y de acuerdo con el informe emitido por Ja Sala de Gobierno del Tribunal upremo,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Alcalá de Henares, clasificado actualmente en la categoría de Término por la Orden de 28 de septiembre de 1972, tendrá en lo sucesivo la consideración de Juzgado de capital servido por Magistrado, debiendo entenderse modificada en tal sentido la citada Orden.
El nombramiento del Magistrado que deba servirlo se llevará a efecto tan pronto como el actual Juez titular sea promovido o voluntariamente obtenga otro destino. Mientras tanto, percibirá éste el complemento de destino en la cuantía aisgnada a los Magistrados-Jueces de capital.
El Secretario y demás personal al servicio del mismo Juzgado percibirán el complemento de destino correspondiente a la nueva categoría.
La presente Orden empezará a regir el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 5 de septiembre de 1978.
LAVILLA ALSINA
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid