Ilmo. Sr.: De conformidad con el informe emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades, Este Ministerio ha resuelto que, a efectos de nombramiento de Tribunales de oposiciones, concursos de acceso y concursos-oposiciones en los Cuerpos de Catedráticos, Profesores Agregados y Profesores adjuntos de Universidad, a que se refiere el Decreto 2211/1975, de 23 de agosto, se consideran análogas a las Cátedras o plazas de «Psicología del aprendizaje» de la Facultad de Ciencias de la Educación, «Psicología», «Psicología general», «Psicología evolutiva». «Psicología experimental y diferencial», «Psicología fisiológica» y si no hubiera bastantes podrían añadirse «Pedagogía general» y «Pedagogía experimental y diferencil» de la misma Facultad.
Lo digo a V. I para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 19 de julio de 1978.–P. D., el Director general de Universidades, Manuel Cobo del Rosal.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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