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De acuerdo con lo establecido en el punto tres del artículo decimocuarto de la Ley setenta y ocho/mil novecientos sesenta y ocho, de cinco de diciembre, de Escalas y Ascensos en los Cuerpos de Oficiales de la Armada, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su. reunión del día veintiséis de julio de mil novecientos setenta y ocho,
DISPONGO:
Se establecen para el Año Naval mil novecientos setenta y ocho/mil novecientos setenta y nueve, en los empleos y Cuerpos de Oficiales de la Armada que se reseñan, las siguientes vacantes fijas:
a) Cuerpo General.
En Capitán de Navio: Dieciséis.
En Capitán de Fragata: Veinticinco.
En Capitán de Corbeta: Treinta y tres.
b) Cuerpo de Infantería de Marina.
En Coronel: Cinco.
En Teniente Coronel: Diez.
En Comandante: Dieciséis.
c) Cuerpo de Máquinas.
En Coronel: Tres.
En Teniente Coronel: Cuatro.
En Comandante: Ocho.
Dado en Madrid a veintidós de septiembre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Ministro de Defensa,
MANUEL GUTIERREZ MELLADO
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid