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Ilmo. Sr.: De conformidad con el informe emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha resuelto que, a efecto de nombramiento de Tribunales de oposiciones, concursos de acceso y concursos-oposiciones en los Cuerpos de Catedráticos, Profesores Agregados y Profesores Adjuntos de Universidad, a que se refiere el Decreto 2211/1975, de 23 de agosto, se consideren análogas a las cátedras o plazas de «Higiene» de la Facultad de Farmacia todas las disciplinas de «Higiene y Medicina Preventiva» de las Facultades de Medicina. Si no hubiese suficiente número de Profesores, se pueden considerar análogas, para formación de Tribunales, las siguientes: «Higiene y Medicina Preventiva» de las Facultades de Medicina; «Parasitología y Microbiología» de las Facultades de Farmacia; «Bacteriología y Protozoos» y «Bacteriología e Inmunología» de las Facultades de Veterinaria.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 27 de julio de 1978.–P. D., el Director general de Universidades, Manuel Cobo del Rosal.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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