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Documento BOE-A-1978-25437

Orden de 29 de septiembre de 1978 por la que se aprueban las características técnicas de las emisiones de televisión.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 9 de octubre de 1978, páginas 23444 a 23449 (6 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1978-25437

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimo e ilustrísimos señores:

Al igual que en otros países europeos, cuando se inició, en 1956, el servicio regular de televisión, la Administración española adoptó el sistema B de 625 líneas para las emisiones en las bandas I y III de VHF (muy altas frecuencias). La posterior entrada en servicio del Segundo Programa, en 1965, aconsejó la utilización de las bandas IV y V de UHF (ultra altas frecuencias) con el sistema G, de conformidad con el Acuerdo Regional para la Zona Europea de Radiodifusión (Estocolmo, 1961). Ambos sistemas, B y G, de características semejantes, se encuentran definidos en el informe 624 del Comité Consultivo Internacional de Radiocomunicaciones (CCIR) de la UIT.

Por último, y en ejecución del acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de octubre de 1969, por el que fue adoptado el procedimiento PAL de televisión en color («Phase Alternation Line»), Televisión Española comenzó una serie de emisiones experimentales que, iniciadas en 1971, concluyeron más tarde para dar paso a la transmisión regular, ya generalizada, de programas de televisión en color por el procedimiento PAL en los sistemas B y G, cuya difusión alcanza la mayor parte del territorio nacional.

Por todo ello, procede reunir en una sola norma las características técnicas de las emisiones de televisión basta ahora notificadas directamente a la industria por diversas vías y en diferentes tiempos.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Radiodifusión y Televisión,

Este Ministerio dispone:

Artículo 1.

Acordado en Consejo de Ministros de 24 de octubre de 1969 que Televisión Española utilizará el sistema PAL para la difusión de programas en color, se aprueban las características técnicas de las emisiones de televisión que figuran como anexo a la presente disposición.

Artículo 2.

Se autoriza a la Dirección General de Radiodifusión y Televisión para dictar las instrucciones complementarlas que precise la aplicación de lo dispuesto en esta Orden.

Lo que comunico a V. E. y VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y VV. II. muchos años.

Madrid, 29 de septiembre de 1978.

CABANILLAS GALLAS

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Director general de Radiodifusión y Televisión.

ANEXO QUE SE CITA
Características técnicas de las emisiones de televisión

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/09/1978
  • Fecha de publicación: 09/10/1978
  • Fecha de derogación: 29/09/1989
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1160/1989, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-1989-23009).
Referencias anteriores
  • CITA Acuerdo de Estocolmo de 1961.
Materias
  • Radiotelevisión Española
  • Televisión

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