Ilmo. Sr.: De conformidad con el informe emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades, Este Ministerio ha resuelto que, a los efectos de nombramiento de Tribunales de oposiciones, concursos de acceso y concursos-oposiciones de los Cuerpos de Catedráticos, Profesores Agregados y Profesores Adjuntos de Universidad, a que se refiere el Decreto 2211/1975, de 23 de agosto, se consideren análogas a las cátedras o plazas de «Bibliografía» de las Facultades de Filosofía y Letras, las de «Documentación» de las Facultades de Filosofía y Letras, así como las de «Lengua y Literatura españolas y Literatura universal». «Historia general de la cultura», «Historia de la Lengua y de la Literatura españolas», «Historia de la Lengua y de la Literatura españolas y Literatura universal», «Lengua española y Literatura española en sus relaciones con la Literatura universal».
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 24 de julio de 1978.‒P. D., el Director general de Universidades, Manuel Cobo del Rosal.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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