Ilustrísimo señor:
Extinguidas las enseñanzas de Bachillerato del Plan 1957, parece oportuno ofrecer una última oportunidad de concluirlas a quienes por diversos motivos tengan aún pendientes asignaturas de 6.° curso del Bachillerato General o de 7.º del Bachillerato Técnico, y a quienes estén en condiciones de realizar los exámenes de Grado Superior. Por ello procede anunciar las correspondientes convocatorias especiales de matrícula y pruebas.
En virtud de lo anterior, este Ministerio ha dispuesto:
1. Los alumnos a quienes falten por aprobar asignaturas de 6.° curso del Bachillerato General o de 7.° del Bachillerato Técnico podrán matricularse y examinarse de las mismas en las fechas que se establecen en el calendario anexo.
2. Los alumnos que tras estas pruebas tengan superadas todas las materias del Bachillerato Superior o Técnico podrán matricularse y realizar las pruebas de Grado Superior que se convocan en el apartado siguiente.
Se convocan igualmente pruebas de Grado Superior de los Bachilleratos General y Técnico, que serán organizadas por la Inspección de Enseñanza Media y tendrán lugar en las fechas establecidas en el calendario anexo de esta Orden.
Los alumnos que queden pendientes de alguna materia de Bachillerato habrán de adaptarse al Plan de Estudios de 1975 en las condiciones establecidas en el apartado noveno, 2, de la Orden ministerial de 22 de marzo de 1975 («Boletín Oficial del Estado» del 18 de abril).
Los alumnos que, teniendo aprobadas todas las materias del Bachillerato, no superen las pruebas de Grado Superior podrán obtener el titulo de Bachiller en el presente año académico mediante su adaptación al Plan de 1975 de acuerdo, con lo dispuesto en el apartado noveno, 3, de la mencionada Orden ministerial de 22 de marzo. En todo caso podrán obtenerlo en años académicos sucesivos a través del curso de Orientación Universitaria, según lo establecido en el párrafo primero del apartado duodécimo, 2, de la Orden ministerial de 31 de diciembre de 1971 («Boletín Oficial del Estado» de 24. de enero de 1972).
Para los alumnos comprendidos en los apartados tercero y cuarto se abre un plazo especial de matrícula por enseñanza libre en los cursos 2.° y 3.° de Bachillerato, respectivamente, dentro de las fechas que se fijan en el anexo de la presente disposición.
Queda autorizada la Dirección General de Enseñanzas Medias para la interpretación, desarrollo y aplicación, de lo establecido en la presente Orden.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 9 de octubre de 1978.
CAVERO LATAILLADE
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
A) Matrícula.
1. De asignaturas de 6.º del Bachillerato General y de 7.° del Técnico: Del 1 al 15 de noviembre.
2. De pruebas de Grado Superior:
a) Alumnos con todo el Bachillerato aprobado: Del 1 al 7 de diciembre.
b) Alumnos con materias pendientes del 6.° del Bachillerato General o 7.° del Técnico: Del 9 al 14 de diciembre.
3. Matrícula libre de 2.° y 3.° del Plan 1975: Del 15 al 30 de enero.
B) Pruebas.
1. De asignaturas de 6.° del Bachillerato General y de 7.° del Técnico: Del 1 al 7 de diciembre.
2. De Grado Superior: A partir del 8 de enero, en los Centros, que determine la Inspección de Enseñanza Media.
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