Ilmo. Sr.: Con motivo de la apertura del aeropuerto de Melilla al tráfico nacional e internacional de mercancías pe hace necesario ampliar la habilitación de la Delegación de la Intervención del Registro de aquel Territorio Franco creada por Orden de 31 de julio de 1969 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de septiembre de 1969), cuando el mismo estaba abierto exclusivamente al tráfico de pasajeros.
En consecuencia, y a tenor de lo previsto en el artículo 13 de las vigentes Ordenanzas de Aduanas,
Este Ministerio dispone:
La Delegación de la Intervención del Registro del Territorio Franco de Melilla en el aeropuerto de aquella ciudad queda habilitada para la realización de las operaciones aduaneras correspondientes tanto al tráfico de pasajeros como de mercancías.
Se autoriza a esa Dirección General para dictar las disposiciones y normas necesarias para desarrollo y cumplimiento de la presente Orden.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 27 de octubre de 1978.‒P. D., el Subsecretario de Hacienda, Dioniso Martínez Martínez.
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.
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