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Documento BOE-A-1978-31235

Orden de 20 de diciembre de 1978 por la que se aprueban Normas Militares de obligado cumplimiento en el Ejército -Normas del Instituto Nacional de Racionalización y Normalización- (UNE) y las del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA).

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 1978, páginas 29439 a 29439 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1978-31235
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1978/12/20/(1)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.° de la Orden de 8 de abril de 1958 («Diario Oficial» número 79) y apartados 4.132 y 7.1 del vigente Reglamento de Normalización Militar, aprobado por Orden de la Presidencia del Gobierno de 27 de octubre de 1965 («Diario Oficial» número 255), pasarán a integrar la «Colección de Normas Españolas de obligado cumplimiento en el Ejército», dispongo:

a) Normas UNE:

4 026-75. Tolerancias de medidas. Definiciones.
17 054-76. Parte I. Tuercas hexagonales almenadas de rosca métrica. Diámetros nominales de 4 a 39 mm.
36 002-73. Hierros. Definiciones.
36 541-76. Productos de acero. Redondo laminado en caliente. Medidas y tolerancias.
37 127-78. Aleaciones Cu-Zn y Cu-Zn-Pb C-61XX y C-64XX. Alambres trefilados, redondos, cuadrados y hexagonales para usos generales. Medidas, tolerancias, características mecánicas y condiciones técnicas de suministro.
37 202-78. Tubos de plomo.
38 500-75. Aleaciones de magnesio para moldeo. Generalidades. 38 502-75. Aleaciones de magnesio para moldeo. Equivalencias comerciales.
38 600-75. Aleaciones de magnesio para forja. Generalidades.
55 020-73. Materias grasas. Humedad y materias volátiles. (Método de la estufa de aire).

b) Normas INTA:

15 02 24 A. Penetración de grasas lubricantes.
15 02 29 C. Calor de combustión de combustibles líquidos (método de la bomba calorimétrica).
15 07 28 A. Par de torsión de grasas a baja temperatura.

Estas revisiones anulan a las ediciones anteriores de la misma numeración, que deberán ser retiradas de las colecciones correspondientes.

Por el Servicio de Normalización se procederá a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3.° de la Orden de 8 de abril de 1958 («Diario Oficial» número 79) y Orden de 17 de marzo de 1971 («Diario Oficial» número 66) y apartado 7.61 del vigente Reglamento de Normalización Militar.

Madrid, 20 de diciembre de 1978.

 

GUTIERREZ MELLADO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/12/1978
  • Fecha de publicación: 30/12/1978
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el apartado 4.131 del Reglamento aprobado por Orden de 27 de octubre de 1965 (Ref. BOE-A-1965-19397).
Materias
  • Ejército de Tierra
  • Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas
  • Normalización militar

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