De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.° de la Orden de 8 de abril de 1958 («Diario Oficial» número 79) y apartados 4.132 y 7.1 del vigente Reglamento de Normalización Militar, aprobado por Orden de la Presidencia del Gobierno de 27 de octubre de 1965 («Diario Oficial» número 255), pasarán a integrar la «Colección de Normas Españolas de obligado cumplimiento en el Ejército», dispongo:
a) Normas UNE:
4 026-75. | Tolerancias de medidas. Definiciones. |
17 054-76. | Parte I. Tuercas hexagonales almenadas de rosca métrica. Diámetros nominales de 4 a 39 mm. |
36 002-73. | Hierros. Definiciones. |
36 541-76. | Productos de acero. Redondo laminado en caliente. Medidas y tolerancias. |
37 127-78. | Aleaciones Cu-Zn y Cu-Zn-Pb C-61XX y C-64XX. Alambres trefilados, redondos, cuadrados y hexagonales para usos generales. Medidas, tolerancias, características mecánicas y condiciones técnicas de suministro. |
37 202-78. | Tubos de plomo. |
38 500-75. | Aleaciones de magnesio para moldeo. Generalidades. 38 502-75. Aleaciones de magnesio para moldeo. Equivalencias comerciales. |
38 600-75. | Aleaciones de magnesio para forja. Generalidades. |
55 020-73. | Materias grasas. Humedad y materias volátiles. (Método de la estufa de aire). |
b) Normas INTA:
15 02 24 A. | Penetración de grasas lubricantes. |
15 02 29 C. | Calor de combustión de combustibles líquidos (método de la bomba calorimétrica). |
15 07 28 A. | Par de torsión de grasas a baja temperatura. |
Estas revisiones anulan a las ediciones anteriores de la misma numeración, que deberán ser retiradas de las colecciones correspondientes.
Por el Servicio de Normalización se procederá a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3.° de la Orden de 8 de abril de 1958 («Diario Oficial» número 79) y Orden de 17 de marzo de 1971 («Diario Oficial» número 66) y apartado 7.61 del vigente Reglamento de Normalización Militar.
Madrid, 20 de diciembre de 1978.
GUTIERREZ MELLADO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid