Content not available in English
Ilustrísimo señor:
La Orden ministerial de 6 de mayo de 1970 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de junio) modificó la de 9 de septiembre de 1938 («Boletín Oficial del Estado» del 15), en cuanto ésta afectaba a estudios universitarios, y estableció un procedimiento para su convalidación, que habría de resolverse individualmente, previo dictamen del Consejo Nacional de Educación.
Ahora bien, para la convalidación de estudios de Bachillerato, a que afectaba la declaración de nulidad contenida en la referida Orden ministerial de 9 de septiembre de 1938, no se ha dictado ninguna norma que permita obviar la expresada anulación, aun en aquellos casos en que se apreciara motivos de carácter general o particular que obligaran a reconsiderar su aplicación estricta.
Parece, pues, necesario modificar la legalidad vigente otorgando la posibilidad de dar plena validez a los citados estudios de Bachillerato cuando sea procedente.
En su virtud, de conformidad con la propuesta del Consejo Nacional de Educación,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Los estudios de Bachillerato realizados durante la guerra civil en zona republicana podrán ser declarados válidos a todos los efectos, siempre que pueda probarse que han sido cursados y aprobados en Centros reconocidos como oficiales y que las pruebas correspondientes se realizaron ante Catedráticos o Profesores con nombramiento académico regular.
Las solicitudes de convalidación serán tramitadas por conducto de los Centros en que los estudios fueron cursados y aprobados o, en el supuesto de su extinción, de aquéllos en que se archive la correspondiente documentación académica.
Los Directores de los Centros remitirán dichas solicitudes a la Dirección General de Enseñanzas Medias, con las certificaciones o avales pertinentes.
La convalidación alcanzará también a los títulos de Bachiller expedidos entre el 18 de julio de 1930 y el 1 de abril de 1939.
Cuando los estudios no sean completos, la resolución de convalidación expresará las posibilidades de completarlos hasta obtener el título de Bachiller conforme a la legislación vigente.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 31 de enero de 1978.
CAVERO LATAILLADE
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid