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Ilmo. Sr.: De conformidad con el informe emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha resuelto que, a efectos de nombramiento de Tribunales de oposiciones, concursos de acceso y concursos-oposiciones en los Cuerpos de Catedráticos, Profesores Agregades y Profesores Adjuntos de Universidad, a que se refiere el Decreto 2211/1975, de 23 de agosto, se consideren análogas a las cátedras o plazas de «Economía política y Hacienda Pública» de las Facultades de Derecho, las de «Economía política», «Hacienda Pública» y «Hacienda Pública y Derecho fiscal» de las mismas Facultades. Igualmente entrarán en las relaciones de Catedráticos o Profesores que se formulen parra el correspondiente sorteo los de «Derecho financiero y tributario» que ingresaron por «Economía política y Hacienda Pública» y los titulares de esta materia, aunque en la fecha de nombramiento del Tribunal desempeñen cátedra o plaza» en las Facultades de Ciencias Económicas y Empresariales, quedando modificada en estos términos la Orden de 14 de mayo de 1952 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio).
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 21 de enero de 1978.–P. D, el Director general de Universidades, Manuel Cobo del Rosal
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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