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Documento BOE-A-1979-10029

Orden de 26 de enero de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Territorial de Oviedo en el recurso contencioso-administrativo número 168/78, promovido por don Eugenio Fernández Carlés, contra acuerdo de este Ministerio de 23 de diciembre de 1977.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 1979, páginas 8593 a 8593 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-10029

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 168/78, interpuesto por don Eugenio Fernández Carlés contra acuerdo de este Ministerio de 33 de diciembre de 1977, se ha dictado, con fecha 17 de noviembre de 1978, por la Audiencia Territorial de Oviedo, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Eugenio Fernández Carlés, actuando en nombre propio, contra denegación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición formulado contra acuerdo dictado por la Subsecretaría del Ministerio de Industria y Energía de veintitrés de diciembre de mil novecientos setenta y siete, representado por el señor Abogado del Estado, debemos anular y anulamos dichos acuerdos, expreso y presunto, por ser contrarios a derecho, declarando la ilegalidad de la convocatoria publicada en el "Boletín Oficial del listado» número nueve, de once de enero del presente año, en la que se anunció el concurso de traslado en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Industriales al servicio del Ministerio de Industria y Energía, incluyendo en el mismo todas las vacantes existentes en dicha fecha, especialmente la existente en la Delegación Provincial d. La Coruña, servida por funcionario interino, dictándose, al efecto, el acuerdo o acuerdos que procedan, en ejecución de este pronunciamiento sin hacer declaración de las costas procesales.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos de la Sala, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid 26 de enero de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Manuel María de Uriarte y Zulueta.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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