Ilmo. Sr.: Examinado el expediente tramitado a través de la Delegación Provincial a instancia del Director del Centro no estatal de B. U. P. «Municipal», de Lumbrales (Salamanca), en que solicita autorización para impartir las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria,
Este Ministerio, vistos los informes desfavorables de la Inspección de Enseñanza Media del Distrito Universitario de Salamanca y del Rectorado de la Universidad de la misma ciudad, y cumplido el plazo de alegaciones establecido en el artículo 91 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, ha resuelto desestimar, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 24 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 31), la implantación de las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria en el Centro «Municipal», de Lumbrales (Salamanca).
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 15 de enero de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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