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Documento BOE-A-1979-10969

Orden de 2 de febrero de 1979 por la que se aprueba la normativa para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Málaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 1979, páginas 9397 a 9398 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-10969
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/02/02/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vista la propuesta elevada por el Rectorado de la Universidad de Málaga, en solicitud de aprobación de la normativa para la colación del grado de Licenciado en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la citada Universidad;

Considerando que dicha propuesta ha sido favorablemente informada por la Junta de Facultad, por la Junta de Gobierno del día 14 de julio de 1978 y por la Junta Nacional de Universidades en la reunión de su Comisión Permanente el día 22 de diciembre de 1978,

Este Ministerio ha dispuesto aprobar la normativa para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, de acuerdo con las modalidades que a continuación se indican:

I. GRADO DE LICENCIATURA

1. La obtención del grado de Licenciatura no es necesaria para la expedición del título de Economista. Sólo se precisa para aspirar al Doctorado y para ocupar plazas docentes.

2. Los alumnos que deseen obtenerlo deberán realizar el examen de Licenciatura o una Tesina según las normas de este Reglamento.

II. EXAMEN DE LICENCIATURA

Matrícula

3. Cada año tendrán lugar dos convocatorias para la celebración del examen de grado de Licenciatura, cuya matrícula se formalizará en el plazo que para cada una de ellas se establezca, Los ejercicios se realizarán después de la celebración de los examenes finales de junio y septiembre, nunca antes de haberse llevado a cabo y calificado el último examen de 5.º curso.

Tribunal

4. El Tribunal, que juzgará las pruebas correspondientes a las convocatorias de junio y septiembre de cada cursó académico será designado por el señor Decano antes de finalizar el primer trimestre lectivo del mismo, debiendo integrarse por cinco Profesores de la Facultad, de los que cuatro al menos serán numerarios, pudiendo ser el otro un Profesor no numerario con titulo de Doctor. El Presidente habrá de ser en todo caso un Catedrático.

Examenes

5. El examen, de grado de Licenciatura constará de tres ejercicios, cada uno de ellos elimina torio.

Primero.

Ejercicio escrito, que consistirá en el desarrollo, durante cuatro horas, de un tema propuesto por el Tribunal, que podrá dar instrucciones al graduando acerca de su enfoque, metodología a seguir, cuestiones particulares que deberá tener presentes, etc.

El alumno podrá utilizar la bibliografía y material que considere oportuno.

En su calificación, el Tribunal atenderá no sólo a los conocimientos mostrados por el alumno, sino, principalmente, a la capacidad de síntesis y análisis al enfoque interdisciplinar del tema, a las aportaciones personales, al engarce de los hechos y datos con las consideraciones teóricas, a la lógica seguida en la deducción de las conclusiones, etc.

Segundo.

Ejercicio escrito, que consistirá en el desarrollo, en el tiempo que señale el Tribunal, que en ningún caso será inferior a dos horas, de uno o varios casos prácticos, comentarios de texto, etc., propuesto por el Tribunal, atendiendo a las Sección o Especialidad que haya cursado el alumno, quien asimismo podrá auxiliarse de la bibliografía que juzgue precisa.

Tercero.

Ejercicio oral, que consistirá en explicar, durante el plazo de tiempo que el Tribunal señale, no inferior a diez minutos ni superior a media hora, un tema elegido por el graduando entre tres sacados a suerte del temario que previamente se haya publicado. El alumno dispondrá de tres horas de tiempo para la preparación de dicho tema, pudiendo hacer uso para ello igualmente de la bibliografía que estime necesaria.

En el juicio de este ejercicio se concederá particular atención al desarrollo oral del tema elegido, pudiendo ayudarse el alumno, en la exposición, de un guión reducido, a modo de esquema, que elaborará personalmente en el tiempo que se le concede para la preparación. El Tribunal podrá limitar la extensión de dicho guión, notificándolo previamente a los graduandos, a los que asimismo podrá solicitárseles la entrega en el momento de la exposición oral de una nota con la bibliografía consultada en su preparación.

Temario

6. Cada curso académico, el Tribunal que vaya a juzgar los ejercicios correspondientes al examen de grado de Licenciatura elaborará la relación de temas, para el tercer ejercicio, en número no inferior a 20 ni, superior a 30, la cual se hará pública en el tablón de anuncios del Centro durante la primera quincena del mes de enero, y regirá para las convocatorias de junio y septiembre.

Dichos temas tendrán carácter monográfico, sin que necesariamente deban coincidir con lección incluidas en los programas correspondientes a los cursos de la carrera.

Atendiendo a la distinta preparación de los alumnos, según la Sección y Especialidad cursada, el Tribunal señalará unos temas comunes en número igual al 50 por 100 del total y otros específicos, haciéndolo notar así en la publicación de los mismos.

Calificación

7. En la calificación del examen de grado de Licenciatura, el Tribunal tendrá en cuenta no sólo los ejercicios correspondientes a las distintas pruebas que lo integran, sino asimismo el expediente académico del alumno.

Las calificaciones serán de «sobresaliente», «notable», «aprobado» y. «suspenso», por unanimidad o por mayoría,

III TESINA DE LICENCIATURA

Solicitud

8. Los alumnos que deseen obtener el grado de Licenciatura mediante la realización de una Tesis deberán solicitarlo por escrito de! señor Decano.

Dicha solicitud no podrá presentarse antes de inicarse el 5.° curso de carrera. El plazo de admisión estará abierto durante todo el período lectivo. Las solicitudes deberán llevar el visto bueno del Director de la Tesina. Los alumnos no podrán cambiar de tema ni de Director sin autorización del Decanato.

Matrícula

9. La formalización de matrícula, por parte del alumno, para la oportuna defensa de su Tesina deberá realizarse en un plazo no inferior a diez dias antes de la fecha señalada para la misma.

Director

10. El Director de la Tesis de Licenciatura deberá hallarse en posesión del título de Doctor.

Tribunal

11. El Tribunal estará formado por tres Profesores de la Facultad, de los que dos al menos deberán ser numerarios, pudiendo ser el tercero un Profesor no numerario con grado de Doctor. El Presidente habrá de ser, en todo caso, un Catedrático.

El Director de la Tesis formará parte del Tribunal de la misma.

En caso de que no sea Profesor de Universidad, se incorporará a dicho Tribunal a efectos de información.

El señor Decano designará el Tribunal oída la Junta de Facultad. ’.

Presentación y examen

12. La exposición de la Tesis de Licenciatura no podrá realizarse antes de un mes a partir de la presentación de la solicitud.

13. La Tesis de Licenciatura, en número de cuatro ejemplares encuadernados y foliados, deberá presentarse en el momento de formalizar la matrícula para cada una de las respectivas convocatorias.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a disponer de la Tesis con diez días de antelación al examen, como mínimo.

14. El examen consistirá en la exposición oral, sin carácter de lectura, de la Tesis de licenciatura, realizada en acto público y con una duración máxima de veinte minutos.

Las Tesis de Licenciatura se consideran como trabajos de iniciación a la investigación, atendiéndose especialmente en su valoración al método de trabajo y al aparato crítico.

El Tribunal deberá hacer preguntas y oponer objeciones para comprobar la madurez de los graduandos.

15. Las calificaciones serán de «sobresaliente», «notable», «aprobado» y «suspenso», por unanimidad o mayoría. El Tribunal debrá tener en cuenta, al fijar la calificación, el expediente académico del graduando. Los alumnos suspensos en una prueba no podrán cambiar de tema ni de Director hasta el nuevo cursó académico.,

Depósito

16. Un ejemplar de la Tesis de Licenciatura ya calificada se depositará en la Biblioteca de la Facultad.

IV. PREMIOS EXTRAORDINARIOS

Convocatoria

17. Podrán convocarse como máximo dos premios extraordinarios por Sección y por curso académico.

La convocatoria para la concesión de estos premios será única, y tendrá lugar con posterioridad a la celebración de las pruebas de Licenciatura que se lleven a cabo trae los exámenes de septiembre, y sólo podrán acudir a ella los graduados que hayan obtenido la calificación de «sobresaliente» por unanimidad en el examen de Licenciatura en las convocatorias de junio y septiembre anteriores o en la defensa de la Tesis de Licenciatura cuando ésta Se haya realizado antes del 30 de septiembre.

Según lo dispuesto en la Orden de 27 de febrero de 1958, no podrán acumularse a una Sección los premios desiertos o vacantes en otras Secciones.

Tribunal

18. El Tribunal para la concesión de los premios extraordinarios será convocado por el señor Decano y estará constituido por los miembros que hubiesen compuesto el de los exámenes de Licenciatura correspondientes a ese curso académico.

Temario y examen

19. En el momento del examen, el Tribunal escogerá por sorteo, de entre 10 temas para cada sección. Los alumnos deberán desarrollar ambos temas por escrito durante el tiempo que señale el Tribunal, que no será nunca inferior a cuatro horas, pudiendo utilizar la bibliografía que juzgue necesaria. A continuación, los alumnos efectuarán la lectura del ejercicio realizado, ante el Tribunal y en acto público.

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 2 de febrero de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.

Ilmo. Sr. Director general de Universidades.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/02/1979
  • Fecha de publicación: 25/04/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • CITA Orden de 27 de febrero de 1958.
Materias
  • Ciencias Económicas y Empresariales
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidad de Málaga

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