Ilmo. Sr.: Vista la propuesta elevada por el Rectorado de la Universidad de Zaragoza, en solicitud de modificación del plan de estudios de la Facultad de Medicina de dicha Universidad, aprobado por Orden ministerio de 1 de octubre de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de marzo de 1977);
Considerando que dicha propuesta ha sido favorablemente informada por la. Junta Nacional de Universidades, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37, 1, de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa,
Este Ministerio na dispuesto que se modifique el plan de estudios de la Facultad de Medicina de la Universidad de Zaragoza, en el sentido de que se amplíe el contenido del mismo con un curso rotatorio obligatorio que, antes de la graduación de los alumnos, ha de realizarse durante el ciclo clínico, correspondiente a los cursos 4.°, 5.° ó 6.° de la Licenciatura.
Lo digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I.
Madrid 20 de febrero de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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