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Documento BOE-A-1979-11471

Corrección de errores del Real Decreto 922/1979, de 27 de abril, por el que se establece la obligación de constituir depósitos en el Banco de España simultáneos a la disposición de créditos o préstamos financieros del exterior.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 3 de mayo de 1979, páginas 9985 a 9985 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-1979-11471
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/04/27/922/corrigendum/19790503

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 102, correspondiente al día 28 de abril de 1979, se rectifican a continuación:

En la página 9725, columna segunda, líneas cuarta, quinta y sexta, donde dice: «… de cuentas extranjeras autorizados por el Banco de España, a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto estarán obligadas…», debe decir: «… de cuentas extranjeras, autorizados por el Banco de España a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, estarán obligadas…».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 03/05/1979
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores Real Decreto 922/1979, de 27 de abril (Ref. BOE-A-1979-11163).
Materias
  • Banco de España
  • Créditos
  • Cuentas extranjeras en pesetas
  • Depósitos
  • Préstamos

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