Ilmo. Sr.: La firma «Avisor, S. A.», beneficiarla del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo por Orden de 4 de octubre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 28), para la importación de hilo de cobre esmaltado, chapa magnética y otros, y la exportación de transformadores, solicita su ampliación en el sentido de ceder el beneficio fiscal a favor de un tercero en el sistema de reposición.
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
Ampliar el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Avisor, S. A.», con domicilio en Isaac Peral, sin número, San Justo Desvern, Barcelona, por Orden Ministerial de 4 de octubre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 28), en el sentido de autorizar la cesión del beneficio fiscal a favor de un tercero en el sistema de reposición, haciendo constar que el cesionario será el sujeto pasivo del Impuesto General sobre sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, regulado por el Decreto 1018/1967, de 6 de abril, al tipo impositivo previsto en el número 2 de la tarifa vigente.
Las exportaciones que se hayan efectuado desde el 11 de enero de 1979 también podrán acogerse a los beneficios derivados de la presente ampliación.
Se mantienen en toda su integridad los restantes extremos de la Orden de 4 de octubre de 1978 («Boletín Oficial del Estado» del 28), que ahora se amplía,
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 28 de marzo de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.
Ilmo. Sr. Director general de Exportación.
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