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Excmo. Sr.: En atención a los méritos que concurrían en los interesados, a propuesta de esa Dirección General y por considerarlos comprendidos en el artículo 6.º de la Ley 5/1964, de 29 de abril,
Este Ministerio ha tenido a bien conceder la Cruz al Mérito Policial con distintivo rojo, a título póstumo, a los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil Cabo don José Rodríguez de Lama y Guardia don Leucio Revilla Alonso.
A los fines del artículo 165, número 2.10, de la Ley 41/1964, de 11 de junio, de Reforma del Sistema Tributario, las expresadas, condecoraciones se otorgan para premiar servicios de carácter extraordinario.
Lo digo a V. E. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. E. muchos años.
Madrid, 11 de noviembre de 1978.
MARTIN VILLA
Excmo. Sr. Director general de Seguridad.
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