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Documento BOE-A-1979-12738

Resolución de la Delegación Provincial de León por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita (expediente 23.577-R. L. 6.337).

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 18 de mayo de 1979, páginas 11083 a 11083 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-12738

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Sección de Energía de esta Delegación Provincial, a petición de «Iberduero, S. A », distribución León, con domicilio en León, calle Legión VII, número 6, por la que se solicita autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de una línea subterránea a 13,2/20 KV. y centro de transformación de 630 KVA. cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capitulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de’ instalaciones eléctricas, y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de este Ministerio de 1 de febrero de 1968, y en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial, a propuesta de su Sección mencionada, ha resuelto:

Autorizar a «Iberduero, S. A. », distribución León, la instalación de una línea subterránea a 13,2/20 KV. y centro de transformación de 630 KVA. cuyas principales características son las siguientes:

Una línea subterránea trifásica, de doblé circuito, a 13,2/20 KV., de 55 metros de longitud, con cable de aluminio unipolar, tipo DHV, de 1 por 150 milímetros cuadrados de sección, con aislamiento a 12/20 KV., derivada de la línea de «Iberduero Sociedad Anónima», y con término en un centro de transformación de tipo interior, de 630 KVA., tensiones a 13,2/20 KV./398-230 V., que se instalará en el sótano del edificio número 10 de la calle Santos Olivera, de esta capital.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

León, 9 de abril de 1979.‒El Delegado provincial, Miguel Casanueva Viedma.‒2.459-15.

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