Excmos. Sres.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, entre partes, de una, como demandante, don Manuel Vicente Constenla y otros, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra las resoluciones del Ministerio de Defensa de 15, 20 y 1 de diciembre de 1977 y de 4 y 3 de abril de 1978, se ha dictado sentencia con fecha 22 de diciembre de 1978, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por don Manuel Vicente Constenla y don Manuel y don José Gómez Collazo contra resoluciones del Ministerio de Defensa de fechas quince, veinte y uno de diciembre de mil novecientos setenta y siete, que denegaron a los recurrentes el derecho a percibir, el complemento de destino por responsabilidad en la función, y contra las tres resoluciones de la misma Autoridad, de fechas cuatro y tres de abril de mil novecientos setenta y ocho, que desestimaron los recursos de reposición formulados contra las anteriores resoluciones, cuyos actos administrativos expresamente anulamos y dejamos sin efecto, por no ser ajustados a derecho, y en su lugar, declaramos que los recurrentes tienen derecho a percibir el complemento solicitado, con efectos económicos desde el uno de diciembre de mil novecientos setenta y tres; sin hacer imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 («Boletín Oficial del Estado» número 363), ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a VV. EE. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a VV. EE. muchos años.
Madrid, 30 de abril de 1979.
RODRIGUEZ SAHAGUN
Excmos. Sres. Subsecretario y General Director de Mutilados de Guerra por la Patria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid