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Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes,
Esta Dirección General lía acordado:
Tener por incoado expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor de las edificaciones denominadas «El Castell», en las calles de San José y Trinquet, en Olacau de Carraixet (Valencia).
Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Hacer saber al Ayuntamiento de Olocau de Carraixet que, según lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de 13 de mayo de 193., y 8.° del Decreto de 22 de julio de 1958, todas las obras que hayan de realizarse en el monumento cuya declaración se pretende, o en su entorno propio, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por esta Dirección General.
Que el presente acuerdo se publique en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 19 de abril de 1979.–El Director general, Evelio Verdera y Tuells.
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