Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General sobre petición formulada por la «Cooperativa Ganadera de Productores de Leche de Córdoba» (COLECOR) para ampliar las instalaciones de la central lechera que dicha Entidad tiene concedida en Córdoba (capital), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Reglamento de Centrales Lecheras y otras Industrias Lácteas, aprobado por Decreto 2478/1966, de 6 de octubre, y modificado por Decreto 544/1972, de 9 de marzo, y visto el informe emitido por el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social (Dirección General de Salud Pública),
Este Ministerio ha resuelto:
Autorizar a la «Cooperativa Ganadera de Productores de Leche de Córdoba» (COLECOR) para ampliar las instalaciones de la central lechera que dicha Entidad tiene concedida en Córdoba (capital) mediante la instalación de una línea de fabricación de mantequilla en continuo e incrementando la capacidad de almacenamiento de leche pasterizada.
Las obras e instalaciones deberán ajustarse al proyecto que ha servido de base a la presente resolución, y una vez finalizadas las mismas, la «Cooperativa Ganadera de Productores de Leche de Córdoba» (COLECOR) lo comunicará a la Dirección General de Industrias Agrarias.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 26 de abril de 1979.−.P D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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