Ilustrísimos señores:
El Real Decreto 1015/1979, de 27 de abril, respondiendo a una línea de austeridad en el gasto público, suprimió la categoría de Director general del Presidente del Instituto Nacional de Administración Pública, adscribiendo dicho Instituto a la Presidencia del Gobierno a través de la Dirección General de la Función Pública. Para llevar a efecto lo prevenido en el mencionado Decreto y asegurar la coordinación e impulsión inmediatas de las unidades del referido Organismo se hace preciso instrumentar las medidas adecuadas.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, y previa aprobación del excelentísimo señor Ministro,
Esta Dirección General ha resuelto:
Se delegan en el Director de la Escuela de la Función Pública Superior las facultades y atribuciones enumeradas en la Orden de la Presidencia del Gobierno de 23 de enero de 1978, con las especificaciones que se contienen en la presente Resolución.
La representación del Instituto Nacional de Administración Pública corresponderá al Director de la Escuela de la Función Pública Superior, excepto cuando la asuma el Director general de la Función Pública.
Las facultades de propuesta al Ministro de la Presidencia y al Secretario de Estado para la Administración Pública, contenidas en la referida Orden ministerial, se ejercerán por el Director de la Escuela de la Función Pública Superior a través del Director general de la Función Pública.
La delegación contenida en esta Resolución se entenderá sin perjuicio de que el Director general de la Función Pública pueda avocar el conocimiento y resolución de aquellos asuntos que estime oportunos.
La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. II.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 1 de junio de 1979.–El Director general, Francisco Guerrero Sáez.
Ilmos. Sres. Gerente del INAP y Director de la Escuela de Formación Administrativa.
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