En el recurso contencioso-administrativo número 183/1976, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid, por «U C B, Societé Anonyme», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de diciembre de 1974, se ha dictado. Con fecha 8 de mayo de 1978, sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el presente recurso, interpuesto por la Entidad belga "U C B, Sociedad Anónima", contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de cinco de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, que concedió a "Laboratorios Liade. S. A." la marca número seiscientos doce mil ochocientos sesenta y tres, "Broncofluid", debemos declararla y la declaramos ajustada a derecho. Sin costas.
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 25 de noviembre de 1978.–El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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