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Ilmo. Sr.: Vista la instancia formulada por la firma «Paduana, S, A.», en solicitud de autorización para ceder el beneficio fiscal correspondiente a los saldos de las materias primas contenidas en las exportaciones realizadas dentro del sistema de reposición con franquicia arancelaria que tiene autorizado por Orden de 6 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de junio),
Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:
Autorizar a la firma «Paduana, S. A.», de Onteniente (Valencia), la cesión del beneficio fiscal correspondiente a los saldos de las materias primas contenidas en las exportaciones realizadas a partir de! 18 de julio de 1978, dentro del sistema de reposición con franquicia arancelaria que tiene autorizado por Orden de 6 de mayo de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de junio).
El Servicio de Tráfico de Perfeccionamiento Activo de la Dirección General de Exportación hará constar en la documentación relativa a las importaciones acogidas a esta cesión qué Empresa es la cedente del beneficio correspondiente.
El cesionario será el sujete pasivo del Impuesto General sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados regulados por el Decreto 1018/1967, de 6 de abril, al tipo impositivo previsto en el número 2 de la tarifa vigente,
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 1 de diciembre de 1978.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.
limo. Sr. Director general de Exportación.
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