Ilmo. Sr.: Examinado el expediente de autorización correspondiente al Centro de Enseñanza que a continuación se indica,
Este Ministerio, vistos los informes de la Delegación Provincial, a través de la que se ha tramitado, y del Ministerio de Asuntos Exteriores español, y de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1110/1978, de 12 de mayo, sobre régimen de Centros extranjeros en España, ha resuelto:
Autorizar con carácter provisional, y por el plazo de tres años, el Centro cuyos datos se indican a continuación:
Provincia de Málaga
Municipio: Fuengirola.
Localidad: Fuengirola.
Denominación: «St. Anthony's College».
Domicilio: Carretera de Cádiz, kilómetro 217, y avenida Acapulco, Los Boliches.
Clasificación: Centro extranjero autorizado para impartir enseñanza conforme al sistema educativo británico a alumnos exclusivamente extranjeros.
Niveles educativos: Nursery, primary education (Infant y Junior) y secondary educatión.
Número de puestos escolares: 200.
Condicionar la obtención de la autorización definitiva a lo que resulte del informe que emita la Inspección Británica en la nueva visita de inspección que necesariamente ha de tener lugar con anterioridad a la expiración del plazo concedido.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 11 de mayo de 1979.‒P. D., el Subsecretario, Juan Manuel Ruigómez Iza.
Ilmo. Sr. Secretario general Técnico.
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