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De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 13 de julio de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de julio) y de conformidad con el acuerdo del Comité Ejecutivo y Financiero del Organismo, en su reunión del día 28 de marzo de 1979, emitido a la vista de la propuesta formulada por la Dirección General de la Producción Agraria, esta Presidencia ha resuelto lo siguiente:
1.° Aceptar la colaboración con los números de registro que se indican de los cebaderos de producción que a continuación se relacionan:
2.° Los mencionados cebaderos de producción tendrán la condición de colaboradores a partir de la fecha de la presente Resolución.
Madrid, 28 de marzo de 1979.‒El Presidente, Luis García García.
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