Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 507.760, seguido por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por don Domingo Fernández Alvarez contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, sobre revocación del Decreto 131/1976, de 9 de enero, ha dictado sentencia la mencionada Sala con fecha 29 de enero de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Declarar la inadmisibilidad del recurso de don Domingo Fernández Alvarez, contra el Decreto ciento treinta y uno/mil novecientos setenta y seis, de nueve de enero, sin hacer imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Juan V. Barquero y Barquero, Eduardo de No Louis, Antonio Agúndez Fernández, Rafael Casares Córdoba y Adolfo Carretero Pérez (firmado y rubricado).
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado ponente excelentísimo señor don Adolfo Carretero Pérez, en audiencia pública celebrada en el mismo día de su fecha. Certifico, José López Quijada (firmado y rubricado.)»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V I. muchos años.
Madrid, 18 de mayo de 1979.–P. D., el Director general de Presupuestos, Angel Marrón Gómez.
Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.
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