Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General de Industrias Agrarias sobre la petición formulada por la Sociedad Cooperativa «Virgen de la Capilla», de Jaén, para ampliar una almazara en dicha localidad, acogiéndose a los beneficios previstos en el Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, y demás disposiciones dictadas para su ejecución y desarrollo,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Uno. Declarar incluida en zona de preferente localización industrial agraria, según el apartado A) del artículo sexto del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, la ampliación de la almazara de la Sociedad Cooperativa «Virgen de la Capilla», de Jaén, sita en dicha localidad.
Dos. Proponer la concesión, en su cuantía máxima, de los beneficios relacionados en el artículo tercero y en el apartado uno del artículo octavo del citado Decreto, excepto los relativos a reducción de derechos arancelarios y a expropiación forzosa, que no han sido solicitados.
Tres. Conceder un plazo de seis meses para que la Sociedad peticionaria presente el proyecto técnico correspondiente a las obras e instalaciones de la ampliación propuesta, y un estudio económico adaptado a las inversiones y costos actualizados. Este plazo contará a partir de la fecha de publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 14 de mayo de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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