Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta de esa Dirección General de Industrias Agrarias, sobre la petición de don José Luis López Carmona, para instalar una industria de sala de despiece de carnes, en Jaén (capital), acogiéndose a los beneficios del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, y de acuerdo con la Ley 152/1963, de 2 de diciembre, sobre industrias de interés preferente y demás disposiciones complementarias,
Este Ministerio ha dispuesto:
1. Declarar la industria de sala de despiece de carnes de don José Luis López Carmona, comprendida en la zona de preferente localización industrial agraria denominada «Plan Jaén» del Decreto 2855/1964, de 11 de septiembre, y Decreto 786/1975, de 6 de marzo.
2. Otorgar para la instalación de esta industria los beneficios de los artículos tercero y octavo del Decreto 2392/1972, de 18 de agosto, excepto los relativos a expropiación forzosa, libertad de amortización durante el primer quinquenio, reducciones del impuesto sobre las rentas del capital y derechos arancelarios.
3. La totalidad de la instalación de referencia queda comprendida en zona de preferente localización industrial agraria.
4. Conceder un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar el proyecto definitivo.
5. Conceder un plazo de un mes para la iniciación de las obras y de nueve meses para su terminación, contados ambos a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Orden de aprobación del proyecto definitivo.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 2 de junio de 1979.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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