Instruido en esta Dirección General de Trabajo expediente de homologación de protector auditivo, tipo orejera, modelo GN-951, con arreglo a lo prevenido en la Orden de 17 de mayo de 1974, sobre homologación de los medios de protección personal de los trabajadores, se ha dictado resolución, en cuya parte dispositiva se establece lo siguiente:
«Primero.‒Homologar el Protector auditivo, tipo Orejera, modelo GN-951, procedente de importación de Estados Unidos de América, donde es fabricado por la firma "Glendale Optical Company", y presentado por la Empresa "Pertynsa, S. A.", con domicilio en Madrid-12, calle Doctor Fourquet, 20, como elemento de protección pesonal de los oídos de clase A, en las dos posiciones de arnés pobre la cabeza y arnés sobre la nuca
Segundo.‒Cada protector auditivo de dicho modelo llevará en sitio visible un sello inalterable y que no afecte a las condiciones técnicas del mismo, y de no ser ello posible, un sello adhesivo, con las adecuadas condiciones de consistencia y permanencia, con la siguiente inscripción: Ministerio de Trabajo. Homologación 345, de 3-IV-1979. Protector auditivo tipo orejera, dos posiciones arnés: Cabeza y nuca. Clase A.»
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.° de la Orden citada, sobre homologación de los medios de protección personal de los trabajadores, y Norma Técnica Reglamentaria MT-2 de Protectores Auditivos, aprobada por Resolución de 28 de julio de 1975.
Madrid. 3 de mayo de 1979.‒El Director general, José Miguel Prados Terriente.
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