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Ilmo. Sr.: La demanda de escolarización que a nivel de Educación de Formación Profesional se prevé para el curso 1978-79, según los programas formulados al efecto por las diferentes Delegaciones Provinciales, determina la necesidad de ajustar las enseñanzas correspondientes al citado nivel que en la actualidad imparten los Centros Nacionales de la red dependientes de este Departamento, para comodarlas, en la medida de los recursos disponibles, a la demanda prevista.
En consecuencia, de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Enseñanzas Medias, con las atribuciones que le confiere la vigente Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables al caso,
Este Ministerio ha resuelto:
Se amplían, a partir del curso 1978-79, las enseñanzas de Formación Profesional en el Centro Nacional de Formación Profesional de primero y segundo grados de Segovia en el segundo grado, rama de Delineación, especialidad de Delineación en edificios y obras. Dicha enseñanza no podrá establecerse cuando el número de alumnos inscritos sea inferior a veinte.
Queda autorizada esa Dirección General para dictar las Resoluciones que considere necesarias para la adecuada aplicación e interpretación de lo que por la presente se dispone.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 14 de noviembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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