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Ilmo. Sr.: De conformidad con la propuesta elevada por esa Dirección General sobre petición formulada por «Industrias Lácteas Cervera, S. A.», para ampliar las instalaciones de la central lechera que dicha Entidad tiene concedida en Valencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Reglamento de Centrales Lecheras y otras Industrias Lácteas, aprobado por Decreto 2478/1966, de 6 de octubre, y modificado por Decreto 544/1972, de 9 de marzo, y visto el informe emitido por el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social (Dirección General de Salud Pública y Sanidad Veterinaria),
Este Ministerio ha resuelto:
Autorizar a «Industrias Lácteas Cervera, Sociedad Anónima» para ampliar las instalaciones de la central lechera que dicha Entidad tiene concedida en Valencia, consistente dicha ampliación fundamentalmente, en incrementar la capacidad de fabricación de leches pasteurizada y esterilizada.
Las obras e instalaciones deberán ajustarse al proyecto que ha servido de base a la presente resolución y una vez finalizadas las mismas, la Sociedad «Industrias Lácteas Cervera, S. A.», lo comunicará a la Dirección General de Industrias Agrarias.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 28 de noviembre de 1978.–P. D., el Director general de Industrias Agrarias, José Antonio Sáez Illobre.
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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