Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 18 de septiembre de 1978, sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 40.143, interpuesto por «Codeco, S. A.», sobre certificación de obras; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Desestimamos la causa de inadmisibilidad y anulamos por no ser conforme a derecho, la resolución del Ministerio de Agricultura de trece de noviembre de mil novecientos setenta y seis; desestimando las restantes pretensiones del recurso; sin expreso pronunciamiento sobre costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propipos términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 16 de mayo de 1979.–P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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