Ilmo. Sr.: De conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido de 9 de abril de 1976, y en los Reales Decretos 754/1978, de 14 de abril, 930/1979, de 29 de abril, y Orden de 9 de agosto de 1977, con indicación de la Resolución, se resuelve el asunto que se indica:
1. San Andrés de Rabanedo (León). Recurso de alzada interpuesto por don José Fernández Prieto contra el acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de León, de fecha 16 de febrero de 1978, por el que se denegó solicitud para la construcción de una vivienda de tipo unifamiliar en suelo no urbanizable, en el término de Villabalter, del Municipio de San Andrés de Rabanedo.
Se acordó estimar el recurso de alzada interpuesto por don José Fernández Prieto contra el acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo, de fecha 10 de febrero de 1978, por no ser conforme a Derecho, anulándole y aprobando definitivamente la solicitud presentada por el recurrente para la construcción de una vivienda en suelo no urbanizable, situado en Villabalter, término municipal de San Andrés de Rabanedo (León).
Lo que se publica en este «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Suelo, significando que, contra esta Resolución, que se transcribe definitiva en vía administrativa, cabe la interposición del recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de esta publicación. También cabe, con carácter potestativo y previo al contencioso-administrativo, la interposición del recurso de reposición ante el Ministro de Obras Públicas, y Urbanismo en el plazo de un mes, a contar, igualmente, desde el día siguiente al de esta publicación, en cuyo supuesto, el recurso contencioso-administrativo habrá de interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, o si no lo fuere, en el plazo de un año, a contar de la fecha de interposición del recurso de reposición.
Madrid, 18 de mayo de 1979.–P. D., el Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Manuel Pérez Olea.
Ilmo. Sr. Director general de Acción Territorial y Urbanismo.
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