Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Mora Villar contra resoluciones de este Departamento que le denegaron su petición de revisión de oficio sobre reposición en el cargo de Fiscal Municipal, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia con fecha 6 de marzo de 1979, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo formulado por el Procurador don Crescenciano Girbal Dueñas, en nombre y representación de don Manuel Mora Villar contra las resoluciones recurridas por estar ajustadas a derecho, todo ello sin costas.»
Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer se lleve a puro y debido efecto el fallo de la referida sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 31 de mayo de 1979.–P. D., el Subsecretario, Manuel Marín Arias.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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